Un tétrico “déjà vu”


Las leyes de amnistía no son invento peruano, ni son eternas


La reciente ley de amnistía promulgada por Dina Boluarte el miércoles 13 de agosto para los casos de militares y policías procesados o condenados por delitos cometidos en el marco del conflicto armado interno vivido en el Perú entre 1980 y el 2000, tiene aire a déjá vu.

En directo desacato a lo solicitado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos —que ya en junio había observado que la ley aprobada en primera votación en el Congreso iba en contra de los compromisos adquiridos por el Estado peruano suscritos en el Pacto de San José—, esta promulgación provocará que los 156 casos que ya cuentan con sentencia firme y los más de 600 casos que se encuentran en trámite queden impunes. 

Pero esta no es la primera vez que se da una ley de amnistía de este tipo en el Perú. Ya en 1995, Alberto Fujimori hizo algo muy parecido cuando le otorgó este beneficio a todos los que hubiesen perpetrado delitos en lo que se llamó el “ámbito de la lucha antisubversiva” de 1980 en adelante. Fujimori afirmó en ese momento que se trataba de una extensión de las “leyes de arrepentimiento” que su gobierno había puesto en práctica con el fin de terminar con los años de violencia.

La ley se dio en un contexto particular que quizás ahora quede un poco en el olvido. Luego del 3 de noviembre de 1991, cuando el llamado Grupo Colina disparó contra las personas reunidas en una casa en Barrios Altos y mató a quince personas, incluyendo a un niño de ocho años, y dejó a cuatro heridas, se inició un proceso de búsqueda de justicia en este caso de aniquilamiento. Una comisión investigadora del Congreso inició las pericias, pero fue interrumpida con el cierre del legislativo en abril de 1992. Pocos años más tarde, en 1995, la fiscal Cecilia Magallanes denunció penalmente al jefe del Servicio de Inteligencia Nacional y a Santiago Martín Rivas ante la jueza Antonia Zaquicuray. Fue justamente en ese momento cuando se aprobó la ley de amnistía que incluía a todo el personal policía y militar.

Las críticas a la ley fueron inmediatas y ya desde 1996 la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, así como las Naciones Unidas y el gobierno estadounidense alertaron sobre los problemas de otorgar esta clase de amnistías, y tanto esta ley como sus modificaciones posteriores fueron declaradas violatorias de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos en 2001, justamente en referencia al caso de Barrios Altos.

Todo el proceso de justicia que se dio en el Perú desde el gobierno de transición de Valentín Paniagua del 2001 en adelante, y que enmarcó a que la Comisión de la Verdad y la Reconciliación emitiera su Informe Final en agosto del 2003, fue posible tras desmantelar esta ley de amnistía, que además permitió que muchos de los perpetradores de los crímenes terribles que se relatan con detalle en el Informe Final fueran procesados y sentenciados. 

Hay que recalcar que el impacto de las derogatorias de las leyes de amnistía no se limita a lo que sucede en nuestras fronteras. Las leyes que perdonaban los abusos cometidos por quienes debían defender la ley y los derechos no comenzaron en el Perú. Las primeras leyes de amnistía de este tipo se dieron en Chile en 1978, durante la dictadura de Augusto Pinochet, y se replicaron en casi todo el continente. Uno de los casos más impactantes fue el de Argentina, cuando se promulgaron las leyes de Punto Final de 1986 y de Obediencia Debida de 1987 durante el gobierno de Raúl Alfonsín, que buscaba cerrar la caja de Pandora que había abierto el Juicio a las Juntas de 1985. La Corte Suprema argentina dictaminó en 1987 que ambas leyes eran constitucionales y puso fin al proceso de justicia abierto durante el retorno a la democracia.

Esas leyes detuvieron el proceso de búsqueda de justicia en la Argentina y en 1990 Carlos Saúl Menem indultó a los militares condenados y acusados de violar los derechos humanos durante la dictadura. Pero en 2001 el Juez federal Gabriel Cavallo reabrió uno de estos casos, declarando que las leyes de amnistía eran inconstitucionales y en 2005 la Corte Suprema argentina finalmente le dio la razón, citando como precedente la anulación de la ley de amnistía peruana en 2001 ligada al caso de Barrios Altos.

De ahí en adelante se reabrieron los casos, se retiraron los indultos, y comenzó otro largo proceso de búsqueda de justicia en la Argentina. En Chile continuó el cambio cuando en 2007 la Corte Interamericana de Derechos Humanos dejó en claro que los crímenes de desaparición no prescribían. Así, los últimos veinte años en nuestra región han sido de búsqueda de justicia gracias a estos cambios jurídicos, y el caso del Perú sentó un precedente muy importante que ahora se quiere desconocer.

El desprestigiado gobierno de Dina Boluarte, que carga con muertos propios por la violencia cuando llegó al poder, y el más que impopular Congreso actual buscan detener y retroceder el proceso de búsqueda de justicia, pero no son los primeros. Se han hecho intentos similares en 2005, el 2010 y el 2020. Pero, como sabemos quienes nos dedicamos a observar los acontecimientosen la mediana y larga duración, así como de manera comparada, este no es un punto final en la búsqueda de justicia, sino un paso más en un proceso muy largo.

Cuando hace casi cuarenta años el gobierno democrático de Raúl Alfonsín, el mismo que había condenado a las Juntas en un juicio, buscó literalmente poner un “punto final” al proceso, no lo pudo hacer: esos juicios se volvieron a abrir. De la misma manera sucederá ahora, porque la búsqueda de justicia no termina y, una vez más, un sector nada despreciable de nuestra sociedad pondrá toda su energía para que así sea.


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