Cuatro checks para la formalización minera


Una opinión económica y política sobre la enésima extensión de plazo del Reinfo


Ya llevamos mucho tiempo en el Perú tratando de ampliar el ámbito de la economía de mercado y, con ello, la formalidad. Por lo menos, de la boca para afuera, como se dice coloquialmente. Una manera de constatar el evidente fracaso de los esfuerzos realizados hasta la fecha es observar que la amplia mayoría de la fuerza laboral de nuestro país trabaja bajo condiciones de informalidad. Y otra, más a la vista en los últimos tiempos, es la enésima extensión que se ha hecho de la vigencia del REINFO, es decir, del Registro de Formalización Minera.

Impulsar la formalización de los mineros pequeños y artesanales es una de las tantas medidas de política pública buenas en el papel, pero que carecieron en su concepción de un alineamiento de incentivos para que todos los actores involucrados navegaran en la misma dirección. 

Cualquier actividad minera de cualquier tamaño incurre en una intervención en el territorio, la misma que puede tener consecuencias negativas para el ambiente, los ecosistemas y la calidad de vida —tanto de los mineros como de quienes viven en los alrededores de donde se extraen los recursos—. Por eso, resulta necesario que el Estado, en cualquiera de sus niveles —nacional, regional o local—, establezca requisitos de cuidado ambiental, supervise su cumplimiento y sancione a quienes infringen las regulaciones y compromisos de cuidado ambiental y de salud. Primer check para la necesidad de acción colectiva.

Al mismo tiempo, nuestro ordenamiento legal separa la propiedad de los recursos naturales —que son de la nación— de la propiedad del suelo —que puede ser privada, comunal, asociativa, etc—. Así, el derecho de explotación de un recurso natural es otorgado por el nivel nacional de gobierno, mientras que la propiedad del suelo es gestionada a nivel local. Este pequeño detalle de nuestro ordenamiento genera un gran problema: el Estado podría otorgar una concesión para explotar recursos naturales en un terreno de propiedad privada. Segundo check para la necesidad de acción colectiva.

La ley vigente que regula la actividad minera separa responsabilidades entre el gobierno nacional y los subnacionales según el tamaño de la actividad minera. Así, las responsabilidades ambientales de una operación de gran minería son supervisadas por un organismo de ámbito nacional, como el OEFA, y las derivadas de una operación de pequeña minería son supervisadas por el respectivo gobierno subnacional, a quien el sector Energía y Minas le transfiere recursos y capacita. Tercer check para la necesidad de acción colectiva.

Si a esto le agregamos que hay zonas del territorio que por sus características ecosistémicas merecen ser protegidas y, por lo tanto, quedar exentas absolutamente de la posibilidad de ser abiertas a la explotación de recursos naturales, encontramos un cuarto check para la necesidad de acción colectiva.

Este breve listado de checks de acción colectiva ya le debe estar sonando como un menú intragable. Para el éxito del proceso de formalización de la pequeña minería y minería artesanal, se precisaba un gobierno nacional con liderazgo y capacidad de acción conjunta y coordinada con otros sectores. Solo así podrían hacerse cumplir las prohibiciones en el territorio y luchar contra la minería ilegal. Se necesitaba que los gobiernos regionales se alinearan con el gobierno nacional en la implementación de las políticas públicas y el cumplimiento del marco normativo. Se requería que las autoridades ambientales de los gobiernos regionales trabajaran de la mano con las nacionales y que tuvieran continuidad para poder hacer cumplir los compromisos ambientales que debía traer la formalización. Se necesitaba también una integración de registros, de tal modo que el registro de propiedad no estuviera divorciado del registro de concesiones mineras. 

Vistas así las cosas, no debería sorprender a nadie que el proceso de formalización minera sea a la fecha un gran fracaso. Y que conste que no he dicho nada de la puerta abierta que la escasa presencia del Estado en el territorio deja a las actividades criminales. 


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