La sentencia que no fue


Una de las últimas batallas legales de un hombre justo


Hace algunos días partió prematuramente Carlos Ramos Núñez, historiador del derecho y magistrado del Tribunal Constitucional. Quiero sumarme a los merecidos homenajes que ha recibido, y lo haré recordando una de sus últimas batallas jurídicas: el intento infructuoso de que se reconozca el matrimonio de una pareja homosexual en nuestro país. Esta es la historia de la sentencia que no fue. 

El caso es del ciudadano peruano Oscar Ugarteche y su esposo mexicano Fidel Aroche, quienes se casaron por la vía civil y con todas las de la ley en Ciudad de México, y buscaban que el Estado peruano reconozca su unión. Al igual que otras parejas homosexuales que se casaron en el extranjero, se encontraron con la oposición del Reniec, que de un tiempo a esta parte se ha convertido en uno de los principales escollos estatales en la lucha por la igualdad (no reconoce matrimonios validamente realizados en el extranjero, les hace la vida imposible a las personas trans con sus documentos de identidad, afecta el derecho a la identidad de menores de edad con dos mamás, etc.). Dificil entender la lógica de la entidad encargada de nuestro registro civil, que prefiere tener un registro desactualizado a reconocer la realidad, afectando así los derechos de muchos ciudadanos. 

Entonces, ante el rechazo del Reniec de reconocer su matrimonio en el extranjero, Óscar y Fidel acudieron al Poder Judicial. Ganaron en primera instancia, y la procuraduría del Reniec, fiel a su espíritu, apeló la sentencia. Perdieron en segunda instancia, lo que hizo que el caso llegase al Tribunal Constitucional.

El magistrado encargado de preparar la propuesta de sentencia, también conocida como ponencia, fue Carlos Ramos Núñez. El resultado fue notable.

La ponencia de Ramos recuerda una serie de conceptos importantes, que suelen ser ignorados o desvirtuados por aquellos que se niegan a reconocer derechos a las personas LGBT+. Por ejemplo, señala que “A esta altura de los acontecimientos es posible sostener, sin atisbo de duda, que las personas de orientación sexual no heterosexual son un grupo humano históricamente discriminado”. Luego de ello procede a citar una larga lista de pronunciamientos de organismos internacionales e instituciones nacionales, así como jurisprudencia del Tribunal Constitucional donde se reconoce expresamente la problemática de la discriminación por orientación sexual. 

Ramos también hace mención a algo que ha quedado clarísimo desde hace décadas, pero que todavía es necesario repetir hasta el hartazgo, hasta que se quiera entender: la homosexualidad no es una enfermedad o una patología. La controversia científica desapareció, como bien nos lo recuerda el magistrado historiador, luego de los pronunciamientos de 1973 de la Asociación Psiquiátrica Americana, y del definitivo de la Organización Mundial de la Salud en 1990. El magistrado culmina estas referencias diciendo: “la asociación que determinadas personas asumen entre una orientación sexual no heterosexual y la existencia de algún trastorno del cuerpo o de la mente debe ser revertida a través de una adecuada política de formación en derechos humanos, y de un adecuado ejercicio por parte de los padres de familia del deber de educar a sus hijos”. Es decir, si tantas décadas después sigues sosteniendo que la homosexualidad es una enfermedad, edúcate.

Sobre el asunto del matrimonio, Ramos identifica en la ponencia cuatro derechos fundamentales involucrados de las parejas homosexuales: al ya mencionado derecho a la igualdad y no discriminación, agrega el derecho al libre desarrollo de la personalidad, el derecho a la identidad, y el derecho a la dignidad humana. Ramos recalca que no puede hablarse de una prohibición de discriminar a una persona por su orientación sexual sin que ello conlleve el proteger al mismo tiempo su libertad para desarrollar las conductas relacionadas a dicha orientación. ¿De qué serviría decir que una persona no puede ser discriminada por su orientación, si al mismo tiempo se rechaza su decisión libre de formar un proyecto de vida en común con la persona que ama? ¿Cómo queda la identidad y la dignidad de esa pareja cuando en otros países son reconocidos como familia, y en el nuestro legalmente son como dos perfectos desconocidos?

Resulta muy interesante la reflexión que realiza sobre cuándo es aceptable limitar la libertad de alguien: solo se debe hacer cuando la persona pueda dañarse a sí misma o a terceros. Y recuerda que no son aceptables las llamadas “medidas perfeccionistas”, que buscan imponer a una persona un plan de vida de acuerdo a lo que un sector de la sociedad entiende por virtuoso o deseable. Es decir, no es aceptable en un Estado democrático limitar la libertad de los homosexuales porque un sector de la sociedad no esté de acuerdo con cómo sienten, de quién se enamoran, o cómo llevan su vida. 

En la ponencia Ramos desbarata con facilidad los endebles argumentos en contra que esgrime el Reniec. Si bien es cierto nuestro Código Civil establece que el matrimonio es entre un hombre y una mujer, recuerda que ese mismo código establece el respeto a las disposiciones de leyes extranjeras, indicando que solo se puede excluir su aplicación cuando se vaya contra el orden público internacional o las buenas costumbres. 

El matrimonio de Óscar y Fidel se realizó de acuerdo a la ley vigente en Ciudad de México. Reniec argumenta que no se puede reconocer porque va contra del orden público internacional, pero Ramos rebate señalando que ni la Constitución peruana ni los tratados internacionales ratificados por el Perú hablan de una sola modalidad de matrimonio. Además, suma el hecho de que cerca a una treintena de países en el mundo ya reconocieron el matrimonio homosexual, y que existe una opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos indicando que los países del sistema interamericano deben permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo. No hay forma de sostener que un matrimonio válidamente realizado en México atente contra el orden público internacional.

Además, Ramos le recuerda al Reniec que los organismos estatales están sometido a los principios y valores de nuestra Constitución, y que deben entenderse como cauces para que los derechos y libertades sean efectivos, y no obstaculizar su concreción. Mensaje claro para una entidad que parece empeñada en hacerle la vida imposible a la comunidad LGBT+.

La ponencia concluye sugiriendo al pleno del Tribunal Constitucional que se declare fundada la demanda y se reconozca el matrimonio de Ugarteche y Aroche. Se suma a esta posición la presidenta del Tribunal, Marianella Ledesma, y el magistrado Eloy Espinosa-Saldaña. Lamentablemente, faltó que se sume un magistrado más. Los otros cuatro —Augusto Ferrero, Jose Sardón, Ernesto Blume y Manuel Miranda— decidieron ponerse del lado incorrecto de la historia y rechazar los sólidos argumentos de Carlos Ramos Núñez. Ellos fueron mayoría y la ponencia se convirtió en la sentencia que no fue. Una oportunidad perdida para avanzar como país en el camino de la civilidad.      

No quisiera culminar esta reseña sin destacar algo que se encuentra en las últimas líneas de la ponencia de Ramos, agregadas al conocer la decisión mayoritaria: una exhortación al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, adonde irá ahora este caso, pidiendo que puedan actuar con celeridad. Y es que Ugarteche y Aroche llevan nueve años intentando que el Perú reconozca la realidad de su matrimonio. Nueve años es demasiado tiempo para buscar justicia. El pedido hecho por Ramos muestra una gran sensibilidad con las personas de carne y hueso que se encuentran detrás de la discusión legal. Ojalá más magistrados y funcionarios públicos en nuestro país mostrasen esa misma sensibilidad a la hora de ejercer sus atribuciones.   

Descanse en paz, doctor Carlos Ramos Núñez, hombre justo. La batalla jurídica continuará, y tenemos la certeza que más temprano que tarde la Historia —a la que usted le dedicó su vida académica— le dará la razón.

2 comentarios

  1. Lidia P

    Has hecho una discurso valiente, verdadero y completo. Estoy seguro que se logrará en el Perú aceptar esta realidad como resultado del avance de la cultura y la apertura a la realidad. Sé que estan en lucha y yo los admiro y los sigo. Adelante!!

  2. Fidel Aroche

    Excelente artículo
    Felicidades al autor Alberto de Belaunde

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