Una reflexión en medio de la incertidumbre electoral peruana
Según la Constitución Política del Perú, los peruanos contamos con una larga lista de derechos como personas, los que se encuentran en el artículo 2.º y sus 24 numerales.
Cada persona tiene su prerrogativa, por cierto, de priorizar el conjunto de derechos que defenderá en primera línea. Algunos optarán por el derecho de propiedad, y otros por el derecho a la salud. Pero priorizar es diferente de ignorar, por lo que, aunque priorice mi derecho de opinión —numeral 4 del artículo 2°—, no tendré derecho a negar el derecho al honor de otra persona —numeral 7 del mismo artículo—.
A raíz de la reciente jornada de votación, grande ha sido mi sorpresa ante las quejas y malestar de un grupo importante de peruanos, básicamente de Lima y del extranjero, que no ha podido ejercer su derecho a votar. Y mi sorpresa surge porque buena parte de los quejosos son precisamente aquellos que, en su oportunidad, ignoraron el derecho a la vida consagrado en el artículo 1°, cuando otro conjunto de peruanos protestó a fines del 2022 e inicios del 2023.
Más allá de esta interpelación, lo que quiero reflexionar hoy es cómo este derecho, a emitir un voto, se convierte para los peruanos en tan importante y tan movilizador. Me sigue pareciendo impresionante ver la cantidad de adultos mayores que asisten entusiasmados a los locales de votación. ¿Es por la sensación de ser tomados en cuenta por familiares que usualmente están muy ocupados para irlos a ver, o por esa de sentir que siguen siendo importantes para esa abstracción que se llama democracia o colectividad, o por estar a punto de realizar trámites y saber que si no votas, tendrías que haber pagado la multa antes de que la notaría te acepte el trámite? No sé.
Fue emocionante también conocer la cantidad de jóvenes que votaron por primera vez y los efectos que tuvieron en ellos los catastróficos errores de la ONPE en la distribución del material electoral y la consecuente demora en la instalación de las mesas de votación. Mi propia evidencia anecdótica, producto de que el horario de mis clases es el lunes a las ocho de la mañana y de conversaciones con docentes que también dictaron el lunes 13, indica que, junto con el ausentismo, los estudiantes parecían desanimados, preocupados o simplemente cansados. Varios decidieron quedarse despiertos hasta que se dieran a conocer las noticias del conteo rápido. Así, llegaron a clases soñolientos.
A propósito de esto, efectivamente, el Jurado Nacional de Elecciones no tiene un marco legal que le permita suprimir el numeral 4 de la lista de derechos de la persona en la Constitución. En consecuencia, no podía prohibir la difusión de los resultados del conteo rápido realizado por empresas privadas. Pero sí exhortó a no hacerlo, porque el lunes 13 todavía miles de peruanos ejercerían su derecho al voto en una situación sin precedentes. Sin embargo, una empresa encuestadora decidió dar a conocer sus resultados en un acto que, personalmente, califico de irresponsable por la magnitud de las pequeñísimas diferencias entre los tres candidatos que secundaban a quien había obtenido la mayor votación. ¿Sabremos alguna vez el real por qué de tal decisión?
Al cierre de esta edición, el conteo oficial de votos se encuentra al 76 % del total y todavía podemos constatar que no se ha avanzado nada (0% de avance) en el conteo en varias provincias del Perú. Dos días después de las elecciones, miles de actas electorales de provincias alejadas de los centros urbanos no pueden ser contabilizadas, así como, presumo, no reciben servicios de salud o educación o justicia. Ni siquiera el derecho básico a dar tu opinión cuando delegas el poder se ejerce de manera oportuna, o es tomado en cuenta con la velocidad necesaria. ¿Seremos capaces de cambiar estas realidades?
Termino con más preguntas que respuestas en esta coyuntura de purita incertidumbre.
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