¿Quién es tu compatriota?


La pregunta es simple, pero la respuesta es muy compleja


¿Quién es tu compatriota? La respuesta parece evidente. Compatriota es quien nació en el mismo país que uno, ¿no? Compartimos el territorio donde vinimos al mundo y eso nos vuelve parte de la misma comunidad política. Así funciona en el Perú y así lo asumimos, como si fuera un hecho de la naturaleza.

Pues no. O no necesariamente.

Por ejemplo, en Alemania, nacer en el territorio no otorga por sí solo la nacionalidad. Durante casi todo el siglo XX, un niño nacido en Fráncfort de padres turcos, criado en alemán y educado en escuelas alemanas, era extranjero, mientras que el nieto de alemanes nacido en otro continente, que quizás nunca había pisado Europa, podía reclamar el pasaporte por su ascendencia. Una reforma del año 2000 abrió una rendija, pero con condiciones: el niño nacido en Alemania de padres extranjeros solo es alemán si uno de sus progenitores acumula años de residencia legal y cuenta con un permiso permanente. El suelo, para el derecho alemán, sigue pesando menos que el vínculo. 

Detrás de este contraste hay dos tradiciones jurídicas. El ius soli, o derecho de suelo, otorga la nacionalidad a quien nace en el territorio del Estado. El ius sanguinis, o derecho de sangre, la transmite por filiación, de padres a hijos, sin importar el lugar de nacimiento. Ningún país aplica uno de los dos criterios en estado puro, pero cada uno elige cuál predomina. Y esa elección cuenta una historia. Las Américas, pobladas por sucesivas olas migratorias, adoptaron mayoritariamente el ius soli porque necesitaban convertir en ciudadanos a los hijos de quienes llegaban. Buena parte de Europa prefirió el ius sanguinis porque eran países de emigrantes y querían conservar el vínculo con quienes partían. La regla de nacionalidad de un país dice menos sobre principios abstractos que sobre lo que ese país necesitó en un momento dado.

El Perú combina ambos criterios. El artículo 52 de la Constitución establece que son peruanos de nacimiento los nacidos en el territorio de la República, y también los nacidos en el exterior de padre o madre peruanos, siempre que sean inscritos en el registro correspondiente.

Ese registro tuvo durante años una letra pequeña: la inscripción debía hacerse durante la minoría de edad. Quien cumplía dieciocho años sin haber pasado por el consulado, perdía la posibilidad de ser peruano de nacimiento. Parecía un detalle administrativo hasta que dejó de serlo. Miles de peruanos migraron a Venezuela en los años setenta y ochenta, atraídos por la bonanza petrolera. Sus hijos nacieron allá y muchos nunca fueron inscritos, porque a nadie le parecía urgente el trámite. Décadas después, cuando la crisis venezolana empujó a esas familias a volver, los hijos descubrieron que el país de sus padres los consideraba extranjeros. Habían crecido escuchando que eran peruanos y el Estado peruano les respondía que llegaron tarde. El Congreso corrigió esto en marzo de 2018 con una reforma constitucional que eliminó el límite de edad para la inscripción. Hoy el hijo de un peruano nacido en el exterior puede registrarse a cualquier edad.

Si la historia peruana muestra cómo una regla de nacionalidad se ajusta a una realidad migratoria, la historia reciente de Estados Unidos muestra lo contrario, el intento de usar esa regla como arma política. El primer día de su segundo mandato, Donald Trump firmó una orden ejecutiva para negar la ciudadanía a los hijos de migrantes indocumentados o con estatus temporal nacidos en territorio estadounidense. La Decimocuarta Enmienda dice desde 1868 que toda persona nacida en Estados Unidos y sujeta a su jurisdicción es ciudadana. La Corte Suprema confirmó esa lectura en 1898, en el caso Wong Kim Ark, a propósito del hijo de inmigrantes chinos. Ciento veintiocho años de doctrina asentada. En apariencia, un caso fácil.

La sentencia del 30 de junio de este año demostró que en esta materia nada es fácil. La Corte anuló la orden por seis votos contra tres, pero solo cinco jueces sostuvieron que la Constitución garantiza la ciudadanía por nacimiento. El sexto, Brett Kavanaugh, votó contra la orden únicamente porque contradice una ley federal, y dejó abierta la puerta para que el Congreso cree excepciones. El juez Clarence Thomas escribió un disenso de 91 páginas. Samuel Alito calificó a la sentencia como uno de las más importantes de la historia de la Corte y la decisión de la mayoría como un grave error. Trump asistió en persona a los alegatos orales, algo que ningún presidente en funciones había hecho, y tras conocer el fallo pidió al Congreso legislar contra la ciudadanía por nacimiento. Varios senadores ya anunciaron proyectos de enmienda constitucional. Lo que estaba resuelto desde el siglo diecinueve quedó a un voto de dejar de estarlo, con un cuarto de millón de niños nacidos cada año en juego.

La nacionalidad se presenta como un dato, algo que simplemente se tiene, como la fecha de nacimiento o el grupo sanguíneo. Los dos casos sugieren otra cosa. Es una frontera que cada época dibuja según sus miedos y sus necesidades, y que puede moverse para incluir al hijo del migrante que vuelve, o para excluir al hijo del migrante que llega. 

Entonces, ¿quién es tu compatriota? La respuesta depende más de la política que de la geografía. 


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